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Plan de gestión de recursos hídricos
Elaboración e implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de Cuenca, y su articulación interinstitucional.
Plan de Actividades
Presentación
La Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, de marzo de 2009, tiene por finalidad regular el uso y gestión integrada del agua, la actuación del Estado y los particulares en dicha gestión, así como en los bienes asociados a esta. El artículo 14° de la citada Ley establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, el cual es parte del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, y se constituye en la máxima autoridad técnico-normativa en materia de recursos hídricos.
El artículo 30° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos determina que, para el ejercicio de sus funciones, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca (CRHC) deben contar con una Secretaría Técnica y con Grupos de Trabajo. El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la ANA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI, establece en su artículo 52.1° que la Secretaría Técnica desarrolla y ejecuta las labores técnicas que permiten la formulación, seguimiento y evaluación de la implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca, así como el adecuado funcionamiento del Consejo.
Mediante DS N° 007-2016-MINAGRI se crea el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón Rímac Lurín, órgano de naturaleza permanente integrante de la ANA, con el objetivo de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en su ámbito. En sesión del Consejo del 24 de mayo de 2017 se acordó la conformación de un grupo de trabajo encargado de proponer este instrumento de gestión.
Naturaleza y rol
La Secretaría Técnica del CRHC (ST) es un órgano especializado de apoyo, de naturaleza permanente, que desarrolla y ejecuta las labores técnicas y administrativas que permiten el adecuado funcionamiento del Consejo. Se articula funcional y administrativamente con la ANA, a través de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, ejerciendo sus funciones con conocimiento del Presidente del CRHC y dando cuenta al Consejo, conforme al artículo 30° del Reglamento de la Ley N° 29338.
La ST está a cargo de un profesional designado por concurso público de méritos convocado por la Jefatura de la ANA. Su rol principal es apoyar al CRHC en la formulación, implementación, cumplimiento y monitoreo del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de Cuenca, facilitando los procesos de concertación y coordinación con los actores del ámbito. El Secretario Técnico participa obligatoriamente, con voz pero sin voto, en las sesiones del CRHC, y monitorea además el cumplimiento de los otros documentos de gestión del Consejo.
Cronograma para la implementación de la Secretaría Técnica
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Elaboración y aprobación
De la propuesta de implementación de la Secretaría Técnica.
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Términos de referencia
Revisión, ajustes y aprobación de los TDR de especialistas.
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Funcionamiento de la ST
Puesta en marcha operativa de la Secretaría Técnica.
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Selección de personal
Selección y contratación de personal especializado.
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Bienes y servicios
Adquisición de los bienes y servicios necesarios.
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Implementación de local
Instalación de equipos e inicio de actividades.
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Otros bienes y servicios
Adquisición de bienes y servicios complementarios.